No hay duda de que el nacimiento del Ministerio del Ambiente ha esperado más de la cuenta antes de su creación. Prueba de ello es que somos de los últimos países latinoamericanos en tener uno.
Así como nos preocupa la crisis de varias instituciones financieras en EE.UU. por sus repercusiones potenciales o reales sobre las nuestras, tiene que merecernos aún una mayor atención el problema del cambio climático que ya afecta duramente al mundo en su conjunto. Un ejemplo lo tenemos en las islas de Kiribati (Pacífico Sur) donde, debido al aumento de los niveles del agua, están sufriendo la pérdida de sus cosechas y la inundación de su territorio, lo que exige la necesidad de reubicar a sus habitantes.
Para todos es claro que para enfrentarlo se requeriría de una acción general de todos los países en forma concertada, para así buscar soluciones que puedan ponerse en práctica antes de que sea muy tarde. Pero poner de acuerdo a tantos países no es fácil y tomará tiempo, sin embargo, se deben reconocer los logros obtenidos por el Protocolo de Kioto y en especial, el de su Mecanismo de Desarrollo Limpio para los países en desarrollo. Estos avances deben ser reforzados con un nuevo acuerdo internacional que entre en vigencia partir del año 2012, fecha en que vence el Protocolo de Kioto.
Sin embargo, ante la lentitud de la acción internacional, los países que estén dispuestos a tomar medidas correctivas para abordar los temas del medio ambiente, tienen que comenzar por su propia cuenta y encarar los problemas locales, si es que tienen algún sentido práctico y verdadero propósito de enmendar las cosas sin dilación.
Ese debe ser el caso del Perú, si lo que se quiere es tomar acción pronta para que se evite la degradación de nuestra heredad, riquísima en biodiversidad, que nos han legado nuestros predecesores y la que nos toca conservar y desarrollar.
Por eso resulta poco productiva la discusión de si el nuevo Ministerio del Ambiente no debió crearse por decreto legislativo sino por ley del Congreso. Lo importante no debe ser enfrascarnos en esa discusión, sino comenzar por aprobar la asignación presupuestal que requiere para poder contratar al personal que le permita ejercer las funciones que se le han encomendado.
Por eso se debe apoyar a Antonio Brack (reconocido ecólogo) y su equipo, en su esfuerzo por resolver y tratar de manejar los principales problemas ambientales que tocan ser atendidos, como son: la contaminación de nuevos recursos hídricos por las aguas residuales domésticas, la inadecuada disposición final de los residuos sólidos domésticos, la contaminación atmosférica, la minería informal y la tala indiscriminada de los bosques.
Entre las funciones del Ministerio del Ambiente, además de formular, planificar, dirigir y ejecutar la política nacional del medio ambiente, deberá garantizar el cumplimiento de ellas, para lo cual le corresponde estar a cargo de la fiscalización, supervisión, control y, adicionalmente, sanción de las actividades que se encuentren bajo su competencia.
Igualmente, consideramos que el Ministerio del Ambiente debería avocarse a tratar de prevenir los conflictos ambientales y coadyuvar en el manejo de los existentes. Según el reporte del mes de mayo del presente año de la Defensoría del Pueblo (Reporte de Conflictos Ambientales 51, mayo 2008. Unidad de Conflictos Sociales), de los 65 conflictos registrados en el mes, el 48% (31 casos) corresponde a temas medioambientales, el 18% (12 casos) a asuntos de los gobiernos locales, el 11% (7 casos) está relacionado con temas de Gobierno Nacional y el 7% a conflictos comunales.
En todo lo dicho, debemos tener presente lo contenido en el artículo 67 de la Constitución, el cual establece que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.
Así como nos preocupa la crisis de varias instituciones financieras en EE.UU. por sus repercusiones potenciales o reales sobre las nuestras, tiene que merecernos aún una mayor atención el problema del cambio climático que ya afecta duramente al mundo en su conjunto. Un ejemplo lo tenemos en las islas de Kiribati (Pacífico Sur) donde, debido al aumento de los niveles del agua, están sufriendo la pérdida de sus cosechas y la inundación de su territorio, lo que exige la necesidad de reubicar a sus habitantes.
Para todos es claro que para enfrentarlo se requeriría de una acción general de todos los países en forma concertada, para así buscar soluciones que puedan ponerse en práctica antes de que sea muy tarde. Pero poner de acuerdo a tantos países no es fácil y tomará tiempo, sin embargo, se deben reconocer los logros obtenidos por el Protocolo de Kioto y en especial, el de su Mecanismo de Desarrollo Limpio para los países en desarrollo. Estos avances deben ser reforzados con un nuevo acuerdo internacional que entre en vigencia partir del año 2012, fecha en que vence el Protocolo de Kioto.
Sin embargo, ante la lentitud de la acción internacional, los países que estén dispuestos a tomar medidas correctivas para abordar los temas del medio ambiente, tienen que comenzar por su propia cuenta y encarar los problemas locales, si es que tienen algún sentido práctico y verdadero propósito de enmendar las cosas sin dilación.
Ese debe ser el caso del Perú, si lo que se quiere es tomar acción pronta para que se evite la degradación de nuestra heredad, riquísima en biodiversidad, que nos han legado nuestros predecesores y la que nos toca conservar y desarrollar.
Por eso resulta poco productiva la discusión de si el nuevo Ministerio del Ambiente no debió crearse por decreto legislativo sino por ley del Congreso. Lo importante no debe ser enfrascarnos en esa discusión, sino comenzar por aprobar la asignación presupuestal que requiere para poder contratar al personal que le permita ejercer las funciones que se le han encomendado.
Por eso se debe apoyar a Antonio Brack (reconocido ecólogo) y su equipo, en su esfuerzo por resolver y tratar de manejar los principales problemas ambientales que tocan ser atendidos, como son: la contaminación de nuevos recursos hídricos por las aguas residuales domésticas, la inadecuada disposición final de los residuos sólidos domésticos, la contaminación atmosférica, la minería informal y la tala indiscriminada de los bosques.
Entre las funciones del Ministerio del Ambiente, además de formular, planificar, dirigir y ejecutar la política nacional del medio ambiente, deberá garantizar el cumplimiento de ellas, para lo cual le corresponde estar a cargo de la fiscalización, supervisión, control y, adicionalmente, sanción de las actividades que se encuentren bajo su competencia.
Igualmente, consideramos que el Ministerio del Ambiente debería avocarse a tratar de prevenir los conflictos ambientales y coadyuvar en el manejo de los existentes. Según el reporte del mes de mayo del presente año de la Defensoría del Pueblo (Reporte de Conflictos Ambientales 51, mayo 2008. Unidad de Conflictos Sociales), de los 65 conflictos registrados en el mes, el 48% (31 casos) corresponde a temas medioambientales, el 18% (12 casos) a asuntos de los gobiernos locales, el 11% (7 casos) está relacionado con temas de Gobierno Nacional y el 7% a conflictos comunales.
En todo lo dicho, debemos tener presente lo contenido en el artículo 67 de la Constitución, el cual establece que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.
El Comercio, 14/06/2008
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